Historia del registro civil

ANTECEDENTES

EL ANTES Y EL AHORA DEL REGISTRO CIVIL

Se podría decir que los orígenes del registro civil comienzan con los registros instituidos por el Rey Servio tulio, además de los censos romanos y los registro domésticos. Aunque todos estos tenían propósitos más limitados que el registro civil.

Hacia la edad media y mitad del siglo XIV, no había o existía ninguna institución que se encargara de realizar alguna de las funciones parecidas a las del registro civil. Razón por la cual, al momento que se tuviera que comprobar el estado civil de una persona apelaban a medios más comunes y a pruebas que fueran testimoniales.

De modo que, empezó a usarse lo que fue el testimonio con la persona bajo juramento tomando como respaldo a los evangelios, también estaba el testimonio de los padrinos y madrinas, correspondientemente con los testimonios dados por los sacerdotes, en caso de que se trataran de bautismo con la finalidad de probar cosas, como por ejemplo la edad de una persona.

Aun así, este tipo de circunstancias no era muy favorable debido a que había que recurrir a la memoria y sinceridad de las personas que estuvieron presente en el acto, en donde la mayoría de las veces estos ni siquiera mostraban interés en recordar, los cuales en ocasiones declaraban con intención de mentir y en otros caso no podían encontrarse.

Fueron todos estos inconvenientes los que dieron inicios a nuevas ideas que sirvieran como solución a dicha problemática. De este modo, a partir del siglo XIV y más que todo en el siglo XV, comienzan a establecerse los registros de los párrocos de la iglesia católica concernientes a los nacimientos, defunciones y matrimonios, resultado de los bautismos, las exequias y los casamientos.

Las ventajas extraídas de la anterior recopilación, fueron las que inspiraron tanto a la iglesia como a los reyes a usar esos registros con objetivos más amplios. Como consecuencia los reyes se propusieron a reglamentar los registros y ordenaron a los párrocos el adelanto de los mismos de acuerdo a las formalidades legislativas y pautadas, para que pudieran tener verdadero valor frente los tribunales.

Más adelante empezaron a aparecer ciertos problemas, en vista de que la mayoría de la información almacenada era de personas pertenecientes a la iglesia católica, mientras que los pertenecientes a la religión protestante no disfrutaban de los mismos beneficios y el comprobar su estado civil era sumamente difícil.

No es hasta que en 1787 Luis XIV, les regresara a los protestante el albedrío de ejercer su culto, exigiendo que los funcionarios portaran los registros alusivos a los nacimientos, los fallecimientos y los casamientos, dando así inicio a los registros civiles laicos.

Seguidamente se instauro en Francia con jerarquía constitucional que todos aquellos registros hechos a todos los habitantes tuviesen que ser trasladados a funcionarios públicos. Más adelante por medio de leyes establecidas se atribuyó dichos registros a los respectivos municipios, lo cual quedo grabado en el código Napoleónico.

Por su parte en España, el registro civil principal se originó únicamente para medianas y extensas poblaciones. Se inició sus apuntes con la fecha del primero de enero del año 1841 y fue remplazada por un novedoso sistema donde se podía realizar los trámites del registro civil, el cual se encuentra todavía presente a partir de del año 1871 del 1 de enero.

Concepto y competencia

El registro civil posee como principal objetivo ser útil como fuente de información, en lo relacionado al estado civil de la persona y de esta forma proveer pruebas convincentes, que sean de fácil acceso y notable efectividad para comprobar el estado de las mismas.

Teniendo conocimiento de los muchos e importantes consecuencias del estado civil se entenderá lo significativo que es disponer de un caudal de información y con verdaderos métodos probatorios que le brinden la oportunidad al estado, a terceras y a la misma persona saber cuál es el estado civil de alguien y demostrarlo sin la necesidad de apelar a métodos probatorios confusos y dudosos.

Se considera que el registro civil que se encuentre bien organizado, tiene el poder y el deber de garantizar buenos servicios, en el ámbito de derecho público (en lo que tiene que ver con el servicio militar y la realización de las respectivas listas electorales…) y también en el privado (en lo relacionado a los derechos de la familia, los derechos patrimoniales, entre otros).